miércoles, 27 de agosto de 2008

Acerca de nosotros...


Mexicanos Maduros contra la Discriminación (MexMAD)
La asociación civil Mexicanos Maduros contra la Discriminación (MexMAD), es un organismo de la sociedad civil no lucrativo, que surge de la necesidad de eliminar las prácticas discriminatorias en el área laboral por la edad y genero, basado en dar garantías a los mexicanos de sus derechos constitucionales y laborales, basados en la equidad e igualdad de condiciones ante la ley, para lograr obtener un trabajo digno y socialmente útil otorgado en nuestra constitución en los artículos 1º, cuarto y 123º .

Antecedentes
          Después de su secuestro exprés en el año del 2000 y habiendo perdido su capital de trabajo, José Rosenberg Díaz, inicio una búsqueda de un empleo acorde a sus capacidades de emprendedor, líder, administrador, ejecutivo, encontrándose en las empresas, las cuales al presentarse a solicitar los puestos ofertados de sub-gerente, gerente o supervisor, era sometido a todo el proceso de aplicación, para al final, despedirlo con una sonrisa y dejándole saber “nosotros le llamamos”. Llegando la fecha, de febrero del 2008, donde una empresa del ramo farmacéutico, abierta y llanamente, el responsable de recursos humanos le abrió los ojos al declarar: “No quiero quitarle su tiempo, pero la empresa no contrata personas mayores de 45 años y le recomiendo que se lleve los papeles para que no tenga que gastar en otras copias” y agrego, “Si se las recibo, lo único que me van a decir los jefes, que no contratan personas mayores de 45”.  Se enfrentó con una gran dificultad para emplearse nuevamente, debido a la discriminación por edad (máximo 30 años) y género (solamente mujeres).
Con ello, se dio a la búsqueda del cómo hacer valer sus derechos, puesto que sabía que lo que había pasado NO estaba bien. Dando con la LEY Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, esta ley creaba al Consejo Nacional Para Prevenir la Discriminación, el cual estaba para hacer valer sus derechos. Encontrando en el CONAPRED, que era un organismo gubernamental, el cual, duplicaba las funciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, además de no tener la capacidad de hacer valer la misma ley, toda vez que la Sección Sexta. Del Procedimiento Conciliatorio entre Particulares y su Artículo 81, reza: “El Consejo notificará al particular que presuntamente haya cometido conductas discriminatorias, el contenido de la queja, haciéndole saber que, si así lo desea, podrá someter la misma al procedimiento conciliatorio.” Esta sola frase anula toda la ley en sí, para los particulares.
Por tanto, esto fue el factor determinante para crear la asociación civil que defendiera a las y los mexicanos en sus derechos constitucionales para todos aquellos que se encontraran en la misma situación. Miles de profesionistas, técnicos y obreros; hombres y mujeres; quienes año con año enfrentan este problema para poder trabajar en México teniendo como única alternativa el emigrar del país y abandonar a sus familias; por lo que actualmente se brinda apoyo a toda persona que lo requiera.

Misión
Prevenir y eliminar el trato diferenciado que vulnere y restringa los derechos fundamentales de los mexicanos emanados de la constitución

Visión
Las prácticas democráticas demandan de la sociedad el reconocimiento de los derechos, además de las garantías reales de protección de todos los mexicanos.

Valores
Respeto.- Muchas veces no tenemos en cuenta a los demás, y provocamos en los demás sentimientos que nunca querríamos para nosotros.
Responsabilidad.- Tomar experiencia de nuestros errores y compartirlos, aprendiendo a tomar decisiones, analizando causas y consecuencias de las mismas.
Perseverancia.- Siempre existe la forma de hacer las cosas bien, y al buscarla sin rendirnos, podemos conseguir mucho más de lo que buscábamos.

Alcance y objetivos
La creación de de instrumentos Jurídicos e institucionales que generen protección y medidas especificas para compensar y promover la Equidad e Igualdad de Oportunidades.

a) Establecer la coordinación entre el Gobierno del Estado y los gobiernos municipales para prevenir, sancionar y eliminar la discriminación y la violencia que se ejercitan contra las personas en el Estado de Baja California.

b) Establecer las políticas y acciones gubernamentales para garantizar el acceso a una vida libre de discriminación y violencia, favoreciendo el desarrollo y bienestar fundado en el respeto de los derechos y libertades, conforme a los principios de igualdad, libertad, no discriminación y desarrollo integral sustentable.

c) Tutelar y desarrollar el derecho humano a vivir libre de discriminación y violencia, y los derechos fundamentales de igualdad y libertad de las personas, minorías, grupos, colectivos u otros análogos.

d) Garantizar la igualdad real de oportunidades y de trato.

e) Establecer y promover los criterios y bases para superar las circunstancias de carácter social que lesionen la dignidad humana o tengan por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas, consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los Instrumentos Internacionales de los que México sea parte, en esta ley o en cualquier otra análoga.

f) Fijar los lineamientos e indicadores para la instrumentación, evaluación y verificación del cumplimiento de las políticas públicas, así como las medidas positivas y compensatorias.




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